miércoles, 27 de noviembre de 2013

Peatón, su whatshapp puede esperar!!



"Atención peatón, preste atención mientras camina, su WhatsApp puede esperar". Esto es lo que pone literalmente en el cartel que alerta sobre el uso de la famosa aplicación de mensajería instantánea mientras se camina por la vía pública. Al texto le acompaña la imagen de una silueta humana tachada usando el móvil mientras circula andando. Es la primera señal de estas características en España.





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http://www.tiempo.hn/portada/noticias/espana-atencion-peaton,-preste-atencion-mientras-camina,-su-whatsapp-puede-esperar

Las gafas protegen si se activa el airbag


DGT informa:

¿Qué sucede si llevamos gafas puestas en el momento del accidente y se activa el airbag? Un reciente estudio, realizado por el Real Automóvil Club de España (RACE) y la Fundación Alain Afflelou, demuestra que en un choque severo un conductor con gafas que se golpea contra el airbag no sufre daños provocados por la montura, ni se produce rotura de los cristales. Tampoco se detectan lesiones oculares por abrasión o contacto con los gases


Leer más... http://revista.dgt.es/es/noticias/2013/airbag-y-gafas.shtml#.UpYK39LuLfM

Durante la gestación el cinturón salva dos vidas


DGT informa:

El correcto uso del cinturón de seguridad durante el embarazo reduce el número de fallecimientos y la severidad de las lesiones en la madre y el feto”, asegura Juan Carlos González Luque, jefe de la Unidad de Coordinación de la Investigación de la DGT. Afirmación que comparten todos los expertos para los que la regla de oro es abrochárselo –además es obligatorio (artículo 117 del Reglamento General de Circulación)– y ajustárselo adecuadamente (nunca cruzando el abdomen, ni apoyándose en las mamas). Y por supuesto, no seguir los trucos y consejos, tipo “ponte un cojín entre la tripa y el cinturón para que no te oprima”, que se pueden encontrar en foros y debates en la Red. Las consecuencias más graves de un accidente de tráfico para una embarazada pueden ir desde fallecimiento al desprendimiento de placenta, hemorragias, aborto, parto prematuro, lesiones fetales... Además, el riesgo de parto prematuro se multiplica por dos durante las 48 horas siguientes al accidente. Por ello, si una embarazada ha sufrido un accidente, por leve que sea, los médicos aconsejan informar al ginecólogo lo antes posible, para descartar complicaciones. En el mercado existen varios dispositivos que ayudan a colocarse correctamente el cinturón.

Sigue leyendo en... http://revista.dgt.es/es/reportajes/2013/durante-la-gestacion-el-cinturon-de-seguridad-salva-dos-vidas.shtml#.UpYKZNLuLfM

El IVA en los seguros

En la prima de nuestros seguros aparecen muchos impuestos que nos pueden llevar a pensar que, alguno de ellos se corresponde con  el IVA. Pero no es así porque, según la exención a la que nos remite el artículo 20.16 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, los seguros están exentos de IVA.
Por tanto, ¿que son éstos cargos que vemos reflejados en nuestros recibos? Veamos algunos conceptos que pueden aparecer en nuestros recibos:
- IPS: Impuesto sobre Primas de Seguro (artículo 1 de la LEY 13/1996, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL (B.O.E. de 31 de diciembre)).
         "El Impuesto sobre las Primas de Seguros es un tributo de naturaleza indirecta que 
        grava las operaciones de seguro y capitalización, de acuerdo con las normas de este 
        artículo".
- CCS: Consorcio de Compensación de Seguros (se detalla en un artículo anterior en éste blog).
- CLEA: Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras
- RECARGOS: Recargos por fraccionamientos (Semestral, Trimestral,...).

Cualquier duda que os pueda surgir al respecto de vuestro recibo, preguntad siempre al mediador.

viernes, 22 de noviembre de 2013

¿Puedo elegir el taller de reparación libremente?

Si usted ha tenido un siniestro con su vehículo debe saber que:

- La elección del taller ha de ser libre, por lo tanto usted puede llevar el vehículo a un taller de su confianza. La compañía puede ofrecerle talleres colaboradores, y de su confianza, en las que ellos tiene pactadas las condiciones de los servicios, pero la elección final es suya, y la confianza la debe tener usted con su taller.

- Debe comprobar su cobertura de Asistencia en carretera (muchas compañías aseguradoras la limitan a 150 -200 km), por tanto, si usted tiene éste tipo de cobertura y se encuentra a más kilometraje del indicado, la grúa le remolcará el vehículo hasta el taller más cercano.

- El perito encargado del siniestro acudirá al taller indicado en el parte y realizará la correspondiente peritación de los daños (siendo éste de una empresa externa pero contratada por su compañía de seguros).

 USTED DEBE TENER TOTAL LIBERTAD DE ELECCIÓN DE TALLER