Conviene conocer cuáles son las diferencias entre hurto y robo para saber de qué riesgos te protege tu seguro del hogar.
El robo en un hogar implica la existencia de la fuerza o la violencia para acceder dentro del mismo. Sino será considerado hurto.
DEFINICIONES:
1.- El robo se define como la sustracción de bienes por parte de una persona en contra de la voluntad de su dueño. Para que esta sustracción sea considerada robo es necesario que se realice por medio de la fuerza o la violencia. Es decir, la sustracción de un ordenador o de una cámara o de cualquier otro bien que tengas en casa será considerada robo si para sustraerlo han roto la puerta o una ventana o han forzado la cerradura.
2.- El hurto es la sustracción de bienes por parte de una persona en contra de la voluntad de su dueño pero sin que exista fuerza o violencia para sustraerlas. Tomando el mismo ejemplo anterior, la misma sustracción sería considerada hurto si las puertas o ventanas de tu casa estuvieran abiertas. El ladrón, aprovechando un despiste, puede sustraer bienes que estén en tu hogar, pero si no ha tenido que forzar la puerta, ni ha tenido que romper ventanas, será considerado hurto.
La diferencia entre hurto y robo radica en que en el primero implica la existencia de fuerza contra objetos o cosas (romper una puerta) y en el segundo, no (caso de dejarse la puerta abierta).
Coberturas por robo y hurto en los seguros del hogar
Es interesante conocer la diferencia entre hurto y robo porque también implican un trato diferente en los contratos del seguro del hogar. En este sentido es importante puntualizar que prácticamente todas las compañía cubren los daños sufridos por robo en los seguros del hogar, pero conviene leer detenidamente las cláusulas para asegurarte de que tienes cubierto este riesgo. Las compañías que aseguran el robo, también suelen cubrir los daños o pérdidas económicas derivadas de este robo. Es decir, si te han roto la puerta o la ventana, la compañía asumiría la reparación.
Es habitual que las compañías aseguradoras no cubran el hurto, porque éste implica una negligencia o despiste por parte del dueño o asegurado.
“Si te dejas la puerta abierta y los ladrones pueden entrar sin ningún problema, la compañía no cubriría el valor de los bienes sustraídos.”
A pesar de estas particularidades generales, cabe decir que hay algunas compañías que en sus seguros del hogar no contemplan la protección del robo. Por esto es recomendable que te asesores a la hora de contratar un seguro del hogar. En este sentido, recibirás información personalizada y gratuita sobre los riesgos que te cubre el seguro del hogar.
¿Puedo asegurar todos los objetos que tengo en mi casa?
Para proteger tu hogar de posibles robos, es interesante plantearse la opción de contratar un seguro. La cobertura que ofrecen la mayoría de compañías es el de robo de joyas o de objetos de valor especial, como pueden ser: ordenadores, equipos musicales, televisores, cámaras o aparatos electrónicos. En el momento de la contratación del seguro del hogar, lo habitual es que la compañía exija que declares de una manera expresa qué objetos quieres asegurar y el valor que tienen. En este sentido conviene puntualizar que la cobertura por robo solamente cubre hasta una cierta cantidad de dinero en metálico, y que cuántos más objetos asegures, el importe de la prima será proporcional. También es interesante saber que si adquieres bienes posteriormente a la contratación de la póliza, es posible incluirlos en este seguro. Es tan fácil como comunicarlo a la compañía. Es importante que guardes facturas y comprobantes de compra para poder demostrar el valor del objeto robado.
Cuantos más dispositivos existan y cuanto más eficaces sean, mayores serán los descuentos.
¿Y si me roban un objeto asegurado cuando estoy en la calle?
Este es un planteamiento interesante y en este sentido conviene decir que algunas compañías cubren este tipo de sustracciones siempre y cuando no sean hurtos. Es decir, puedes tener asegurado un ordenador portátil en tu seguro del hogar. Si te roban este ordenador mientras el objeto está en casa, la compañía te indemnizará en caso de sufrir este perjuicio. Habrá que ver qué tipo de póliza tienes contratada para verificar si te indemnizan en caso que sea hurto. Ahora bien, imagínate que llevas contigo el ordenador portátil y te lo roban. Robar significa que te lo sustraen con violencia. Entonces, conviene que sepas que deberás presentar una denuncia a la policía y podrás comunicarlo a la compañía para que te indemnicen por ello. Las compañías no cubrirán esta situación si lo que sufres es un hurto. Es decir, supongamos el mismo caso del ordenador portátil. Si te olvidas el ordenador en un asiento o te despistas momentáneamente y alguien aprovecha el despiste y te lo sustrae, en este caso la compañía no te indemnizará. En este punto, aparte de tener clara la diferencia entre hurto y robo, conviene aclarar la diferencia entre robo y atraco. El atraco conlleva una intimidación sobre la persona que lo padece. Es decir, si te estiran el bolso en la calle, está considerado como robo; en cambio, si te intimidan o amenazan, este hecho convierte el robo en atraco.
Cabe puntualizar que la mayoría de compañías incluyen en sus seguros del hogar una serie de cláusulas limitativas para estas situaciones. Estas cláusulas acostumbran a poner límites en cuánto a la indemnización máxima en caso de robo en el exterior de la vivienda.
- Si te roban ropa o efectos personales.
- Si te roban los documentos y las tarjetas de crédito, la compañía te indemniza una cierta cantidad por los trámites para la reobtención de estos documentos.
- Si te roban joyas (según sea dentro o fuera de caja fuerte).
- Si te roban dinero en efectivo que puedas llevar encima, también tienen un máximo asegurado en póliza, que puede ser variable en función de lo que quiera cada asegurado.
¿Qué objetos no serán cubiertos en caso de robo?
Es interesante tener en cuenta que la mayoría de compañías también ponen cláusulas limitativas ante las situaciones de robo. De esta manera, no es lo mismo que te roben una bici que tengas en el jardín que un ordenador que tengas dentro de casa. Así, las compañías no suelen cubrir los objetos sustraídos en terrazas, jardines, trasteros o espacios abiertos aunque pertenezcan a la vivienda.
Conviene apuntar que si dispones de alarmas o de otros sistemas de seguridad, la compañía no cubrirá los objetos sustraídos si en el momento del robo no estaban conectadas.
Requisitos para solicitar indemnización a la compañía en caso de robo
Si has sufrido un robo es imprescindible que lo denuncies a la policía. Sin esta denuncia, la compañía no cubrirá ningún tipo de incidente. Habitualmente, las compañías suelen dar un plazo de 7 días para comunicar la situación de robo. Es importante que si tu hogar ha sufrido desperfectos a causa de este robo, no toques nada ni procedas a su reparación sin que la compañía lo haya validado. Debe venir un perito para evaluar los desperfectos. Solo cuando la compañía haya emitido el informe de valoración, podrás reparar los daños sufridos. En caso de tener que reparar urgentemente, hay que llamar a la compañía e indicar que es necesaria la reparación, por tanto, si el perito no puede personarse, hay que hacer fotos, y recoger facturas de los bienes dañados, con el fin de poder demostrar que la reparación era necesaria.
Recomendaciones para evitar hurtos y robos en el hogar
En los últimos tiempos han aumentado de manera considerable tanto los robos como los hurtos, y muchos ayuntamientos y los cuerpos de seguridad informan a los ciudadanos sobre consejos interesantes a seguir para evitar este tipo de situaciones. Los resumimos a continuación:
- No abrir la puerta si no estamos muy seguros de quién es.
- Si contratas jardineros o personal de limpieza, es recomendable pedir referencias y documentación.
- Aunque vivas solo, pon otro nombre en el buzón.
- No escribas la dirección de tu casa en el llavero. Si pierdes las llaves podrían entrar en tu casa con las llaves.
- Conviene cambiar la cerradura si has perdido las llaves o si durante unas reformas has hecho copias de las llaves para los trabajadores.
- Es importante que si contratas un sistema de seguridad te asegures que la compañía está inscrita en el registro de la Dirección General de Policía.
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