Los Estados miembros de la UE tienen ahora dos años de plazo para incoporar a sus leyes la directiva que amplía la tutela del deudor hipotecario.
El pleno de la Eurocámara ha aprobado este martes de forma definitiva -por 596 votos a favor, 31 en contra y 65 abstenciones- una norma cuyo objetivo es acabar con los excesos en la concesión de créditos hipotecarios como los que provocaron la burbuja inmobiliaria en España o Irlanda y mejorar la protección de los consumidores frente a los desahucios en caso de impago. Los Estados contarán a partir de ahora con un plazo de dos años para incorporar la directiva, la primera normativa europea en el ámbito hipotecario, a sus respectivas legislaciones nacionales. La directiva, cuyo ponente parlamentario ha sido el eurodiputado socialista español Antolín Sánchez Presedo, impide que los Estados miembros se opongan a la dación en pago si las dos partes la acuerdan expresamente en el contrato de crédito.
Además, exige a los bancos que se muestren "razonablemente tolerantes" en el caso de clientes con graves dificultades de pago y que hagan "todos los esfuerzos razonables para resolver la situación" antes de iniciar un procedimiento de desahucio. Cuando un ciudadano deja de pagar la hipoteca, la norma exige que la propiedad se venda por el mejor precio posible y que el banco facilite el pago de la cantidad pendiente con el fin de evitar que los consumidores estén sobreendeudados durante largos periodos. Así, se prevén mínimos inembargables en salarios y pensiones. La directiva obliga al banco a evaluar la capacidad del consumidor para reembolsar el crédito, introduciendo por primera vez estándares a nivel europeo. Si el resultado de la evaluación de solvencia es negativo, la entidad deberá denegar la hipoteca. Los bancos tendrán que entregar a los clientes un folleto estandarizado de información sobre la hipoteca que, según Bruselas, les permitirá comparar ofertas e identificar la más barata y que más se ajusta a sus necesidades.
El folleto deberá avisar de los riesgos asociados con la oferta, por ejemplo si es de tipo variable o está contratada en una divisa extranjera. Los consumidores se beneficiarán de una mayor competencia porque la directiva prohíbe, en términos generales, ligar la concesión de la hipoteca a la adquisición de otro producto financiero. No obstante, este vínculo se permitirá en algunos casos como cuando se trata de seguros o de productos de ahorro.
La directiva reconoce el derecho de los consumidores a reembolsar la hipoteca antes de su vencimiento. Y deja a los Estados miembros libertad para imponer el pago de una "compensación justa" al banco. Los consumidores se beneficiarán de un plazo de tiempo garantizado de siete días antes de quedar vinculados por el contrato de hipoteca, mediante un periodo de reflexión, un derecho de desistimiento o ambos. La nueva norma pretende además crear un mercado único hipotecario que sea más eficaz y competitivo. Para ello, se creará un pasaporte europeo que permita a los intermediarios de crédito autorizados en un Estado miembro ofrecer sus servicios en toda la UE, como ya ocurre por ejemplo con los fondos de inversión. Los intermediarios tendrán derecho además a acceder de forma no discriminatoria a las bases de datos sobre historial de crédito de sus clientes.
"Atención peatón, preste atención mientras camina, su WhatsApp puede esperar". Esto es lo que pone literalmente en el cartel que alerta sobre el uso de la famosa aplicación de mensajería instantánea mientras se camina por la vía pública. Al texto le acompaña la imagen de una silueta humana tachada usando el móvil mientras circula andando. Es la primera señal de estas características en España.
DGT informa: ¿Qué sucede si llevamos gafas puestas en el momento del accidente y se activa el airbag? Un reciente estudio, realizado por el Real Automóvil Club de España (RACE) y la Fundación Alain Afflelou, demuestra que en un choque severo un conductor con gafas que se golpea contra el airbag no sufre daños provocados por la montura, ni se produce rotura de los cristales. Tampoco se detectan lesiones oculares por abrasión o contacto con los gases Leer más... http://revista.dgt.es/es/noticias/2013/airbag-y-gafas.shtml#.UpYK39LuLfM
DGT informa: El correcto uso del cinturón de seguridad durante el embarazo reduce el número de fallecimientos y la severidad de las lesiones en la madre y el feto”, asegura Juan Carlos González Luque, jefe de la Unidad de Coordinación de la Investigación de la DGT. Afirmación que comparten todos los expertos para los que la regla de oro es abrochárselo –además es obligatorio (artículo 117 del Reglamento General de Circulación)– y ajustárselo adecuadamente (nunca cruzando el abdomen, ni apoyándose en las mamas). Y por supuesto, no seguir los trucos y consejos, tipo “ponte un cojín entre la tripa y el cinturón para que no te oprima”, que se pueden encontrar en foros y debates en la Red. Las consecuencias más graves de un accidente de tráfico para una embarazada pueden ir desde fallecimiento al desprendimiento de placenta, hemorragias, aborto, parto prematuro, lesiones fetales... Además, el riesgo de parto prematuro se multiplica por dos durante las 48 horas siguientes al accidente. Por ello, si una embarazada ha sufrido un accidente, por leve que sea, los médicos aconsejan informar al ginecólogo lo antes posible, para descartar complicaciones. En el mercado existen varios dispositivos que ayudan a colocarse correctamente el cinturón. Sigue leyendo en... http://revista.dgt.es/es/reportajes/2013/durante-la-gestacion-el-cinturon-de-seguridad-salva-dos-vidas.shtml#.UpYKZNLuLfM
En la prima de nuestros seguros aparecen muchos impuestos que nos pueden llevar a pensar que, alguno de ellos se corresponde con el IVA. Pero no es así porque, según la exención a la que nos remite el artículo 20.16 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, los seguros están exentos de IVA.
Por tanto, ¿que son éstos cargos que vemos reflejados en nuestros recibos? Veamos algunos conceptos que pueden aparecer en nuestros recibos:
- IPS: Impuesto sobre Primas de Seguro (artículo 1 de la LEY 13/1996, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL (B.O.E. de 31 de diciembre)).
"El Impuesto sobre las Primas de Seguros es un tributo de naturaleza indirecta que
grava las operaciones de seguro y capitalización, de acuerdo con las normas de este
Si usted ha tenido un siniestro con su vehículo debe saber que:
- La elección del taller ha de ser libre, por lo tanto usted puede llevar el vehículo a un taller de su confianza. La compañía puede ofrecerle talleres colaboradores, y de su confianza, en las que ellos tiene pactadas las condiciones de los servicios, pero la elección final es suya, y la confianza la debe tener usted con su taller.
- Debe comprobar su cobertura de Asistencia en carretera (muchas compañías aseguradoras la limitan a 150 -200 km), por tanto, si usted tiene éste tipo de cobertura y se encuentra a más kilometraje del indicado, la grúa le remolcará el vehículo hasta el taller más cercano.
- El perito encargado del siniestro acudirá al taller indicado en el parte y realizará la correspondiente peritación de los daños (siendo éste de una empresa externa pero contratada por su compañía de seguros).
USTED DEBE TENER TOTAL LIBERTAD DE ELECCIÓN DE TALLER
Si alguna persona va a conducir un vehículo que no es suyo, o bien no esta asegurado a su nombre, sería mejor que estuviese incluida como segundo conductor o conductor ocasional, en la póliza del seguro. En el supuesto de tener que conducir el vehículo, una persona que cumpla los requisitos de edad (entre 25-27 años, según compañías) y antigüedad de carnet de conducir (dos años habitualmente), no debe tener ningún problema en caso de siniestro.
No obstante, la conducción por parte de menores no autorizados en póliza, puede conllevar a que la compañía alegue mala fe del asegurado, negándose a cubrir los daños ocasionados por el siniestro, en caso de ocurrencia.
Las compañías aseguradoras tienen en sus condicionados, una edad mínima por la cual se permite la conducción sin declarar, según la edad del conductor. Normalmente, ya muchas compañías ponen como edad mínima 25 años, aunque hay otras que la tienen en 26 o 27 años.
La gran mayoría de los consumidores aseguran vehículos que conducirán menores, a nombre de los padres para ahorrarse dinero en la prima del seguro, ya que las primas se suelen recargar bastante por la elevada siniestralidad en esos tramos de edad, pero muchas veces no se percatan de que, en caso de siniestro podrían no estar cubiertos por la compañía, por agravación del riesgo no cubierto en el contrato.
Por tanto, se aconseja que si el vehículo va a ser conducido por un menor (25 años), se comparen los precios del actual mercado, con el fin de obtener un seguro correctamente contratado, para que, en caso de siniestro, podamos tener una buena cobertura por parte de la aseguradora, y ningún problema a la hora de ingresar la correspondiente indemnización.
En primer
lugar, la gran mayoría de la gente suele buscar un precio lo más económico
posible. La verdad, éste punto està muy bien, en los tiempos que corren a todos
nos agrada ahorrar unos euros, pero, el problema nos lo encontramos cuando
revisamos las coberturas. Es importante conocer los servicios ofrecidos en el
producto ofertado, las características del producto que nos ofrecen, y lo más
importante, un mediador competente que nos asesore y nos informe de todos estos
aspectos principales a la hora de contratar nuestro seguro.
Muchas compañías ofrecen precios
muy económicos para el bolsillo del consumidor, pero a costa de las coberturas
ofrecidas en el mismo. Veamos algunas:
1.- Asistencia
en carretera: ¿Tenemos asistencia total? ¿O por el contrario la tenemos
limitada a un máximo de kilómetros? Hay
compañías que nos cubren la asistencia en carretera ilimitada, es decir, el vehículo
nos lo llevan a nuestro taller, sin importar la distancia en la que nos
encontremos. Pero en cambio otras lo limitan, por lo general entre 150 a200 Km., es decir, que si
nos encontrásemos en Barcelona, el vehículo no podría llegar a Valencia, por la
cobertura limitada.
2.- Accidentes
del Conductor: No solemos prestar mucha atención a ésta cobertura, sobretodo en
caso de fallecimiento. Pero, ¿Y en caso de Invalidez? ¿Sería lo mismo tener
100.000 € cubiertos, que tener 25.000€?
Si
nos encontrásemos ante un caso de Invalidez, está claro que no supondría lo
mismo que nos cubriesen el pago de una indemnización por una cantidad que la
otra, la cual cosa también repercute en la prima del seguro.
3.-
Asistencia Sanitaria: En caso accidente de tráfico, la Seguridad Social no
cubre los gastos derivados del mismo. Si no somos culpables, la compañía
contraria correría con los gastos sanitarios derivados del mismo, pero, ¿y si
somos culpables? ¿Sabes cuanto te cubriría tu póliza? Hay compañías que nos
cubren hasta una cierta cantidad en estos casos, 2.000, 3.000,…., ¿Cuál es el
tuyo? ¿Por cuánto tiempo? (un año, dos años). En este último caso, la Seguridad
Social te reclamaría los gastos ocasionados por tu asistencia, que, en el
supuesto de que tu compañía no los cubra, los deberás abonar tu mismo.
Estos aspectos, no son muy
valorados por los consumidores, pero hay que tenerlos en cuenta al contratar
nuestro seguro, y considerar el precio como un elemento importante pero secundario,
pues a la larga puede salirnos caro.
Ante todo, el cliente debe
revisar las coberturas aseguradas en su póliza, leyéndola detenidamente, y
contactar con su mediador en caso de duda en algún punto, para ser informado
correctamente de sus derechos como asegurado.
Según su página web, van a proceder a remitir carta a los propietarios de vehículos con más de 10 años de antigüedad, para recordarles el estado actual de su vehículo.
Muchas veces nos encontramos con que se produce un fenómeno de "ventisca", en la que se nos producen daños a nuestros inmuebles, naves, etc.
Pues bien, os voy a explicar como proceder en caso de éste tipo de siniestro.
1.- Lo primero que debemos hacer es comprobar si en nuestra póliza está cubierto el riesgo.
2.- En caso afirmativo, lo siguiente es comprobar los límites que nos indica la compañía aseguradora (en la mayoría de los casos van de los 90 Km / hora a los 135 Km/hora; otras compañías no incluyen limitaciones al respecto).
3.- Si en las dos opciones anteriores encontramos cobertura, debemos informar a la aseguradora del siniestro acaecido, no sin antes solicitar un certificado meteorológico al servicio de meteorología del pueblo, para así poder aportarlo a la compañía.
4.- En caso de que el viento superase los 135-140 Km/hora, se procedería a la reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros (a través de la propia aseguradora).
5.- Ahora ya sólo deberíamos esperar la respuesta de peritación o abono de la indemnización correspondiente.
Los seguros de salud o seguros médicos son seguros privados en los que cubren de forma privada algunos servicios que cubre, de forma pública, la seguridad social.
Para saber qué seguro médico es mejor, hay que evalúar varios factores, no sólo de que se trate de un seguro de salud barato, ya que en realidad, la calidad de un seguro médico radica en las coberturas que nos puede ofrecer en caso de necesidad de asistencia.
La mejor manera de saber si el seguro médico que vamos a contratar se trata de un buen seguro de salud, lo primero que hay que hacer es saber qué tipo de especialidades incluye, si tiene un límite en gastos, si se trata de seguros médicos sin copagos,...
En principio, un buen seguro de salud debería cubrir almenos:
Asistencia primaria sin límite de gastos
Médicos especialistas
Médicos para el diagnóstico de enfermedades
Hospitalización y cirugía
Aparte de estos factores básicos, un seguro de salud puede incluir, o puede ofrecernos ampliar las coberturas mediante el pago de suplementos en la prima, o mediante el copago de las visitas médicas, los siguientes tipos de tratamientos:
Chequeos ginecológicos, riesgo coronario, prevención del cáncer,
Seguro dental: la gran mayoría de seguros standard no lo cubren, por lo que generalmente hay que contratar una prima extra para mantener la salud dental de la familia, aunque normalmente, no llegan a cubrir el 100% de los gastos.
Aparte de los seguros de salud básicos, muchas compañías aseguradores pueden ofrecernos también los llamados seguro de salud con reembolsos, es decir, que en el caso de utilizar servicios médicos, la aseguradora procede al reembolso de los gastos médicos. Dependiendo del seguro contratado, el reembolso puede ser del 100%, el 80%,...
Ante todas estas variantes, es determinantes, además del precio del seguro de salud a contratar, saber qué coberturas incluyen, y sobre todo, cuales de éstas son las que nosotros necesitamos.
La segunda parte del informe sobre seguridad de sistemas de retención infantil que elabora el RACE con otros clubes automilísticos europeos estudia 15 nuevos modelos, entre los que crece la proporción de los que obtienen mala nota.
cuatro de las quince sillitas analizadas en la segunda parte del informe anual sobre seguridad de los sistemas infantiles de retención que realiza el RACE (Real Automóvil Club de España) y otros clubes automovilísticos europeos obtiene la calificación de "muy insatisfactorias", una proporción negativa muy alta en comparación con anteriores informes. Sin embargo, esta prueba también destaca un modelo que (Cybex Juno 2-Fix), que obtiene la calificación de "muy satisfactoria".
Dado el volumen de sillitas a analizar, este año el informe se dividió en dos partes. En la primera se publicaron losresultados de 33 modelos, como reflejamos en el número 220 de "Tráfico y Seguridad Vial". Ahora, en esta segunda parte se analizan los restantes 15 modelos, divididos por categorías y pesos, con peores resultados que en anteriores informes: solo un modelo obtiene la máxima calificación (Cybex Juno Fix-2) mientras que 4 modelos (Nania Baby Ride, Romer Max-Fix, Axkid Kidzofix y Römer Xtensafix) han obtenidos la peor calificación de "muy insatisfactoria.
En España, en 2012, se produjeron 52 muertes de niños de 0 a 14 años de edad en accidentes de tráfico, de los que en torno al 30% viajaban sin ningún tipo de sistema de retención adaptado a su edad. Además, se produjeron 373 heridos graves y 4.982 heridos leves. Los estudios demuestran que los sistemas de retención infantil ayudan a minimizar las lesiones de los niños en caso de accidente y como la correcta instalación y la adecuación del modelo a la edad y talla del niño pueden reducir las lesiones hasta en un 75% de los casos en caso de impacto.
Tráfico aconseja utilizar la luz de cruce durante el día al circular por carretera, por la reducción de horas de luz y condiciones meteorológicas adversas.
Conviene conocer cuáles son las diferencias entre hurto y robo para saber de qué riesgos te protege tu seguro del hogar.
El robo en un hogar implica la existencia de la fuerza o la violencia para acceder dentro del mismo. Sino será considerado hurto.
DEFINICIONES:
1.- El robo se define como la sustracción de bienes por parte de una persona en contra de la voluntad de su dueño. Para que esta sustracción sea considerada robo es necesario que se realice por medio de la fuerza o la violencia. Es decir, la sustracción de un ordenador o de una cámara o de cualquier otro bien que tengas en casa será considerada robo si para sustraerlo han roto la puerta o una ventana o han forzado la cerradura.
2.- El hurto es la sustracción de bienes por parte de una persona en contra de la voluntad de su dueño pero sin que exista fuerza o violencia para sustraerlas. Tomando el mismo ejemplo anterior, la misma sustracción sería considerada hurto si las puertas o ventanas de tu casa estuvieran abiertas. El ladrón, aprovechando un despiste, puede sustraer bienes que estén en tu hogar, pero si no ha tenido que forzar la puerta, ni ha tenido que romper ventanas, será considerado hurto.
La diferencia entre hurto y robo radica en que en el primero implica la existencia de fuerza contra objetos o cosas (romper una puerta) y en el segundo, no (caso de dejarse la puerta abierta).
Coberturas por robo y hurto en los seguros del hogar
Es interesante conocer la diferencia entre hurto y robo porque también implican un trato diferente en los contratos del seguro del hogar. En este sentido es importante puntualizar que prácticamente todas las compañía cubren los daños sufridos por robo en los seguros del hogar, pero conviene leer detenidamente las cláusulas para asegurarte de que tienes cubierto este riesgo. Las compañías que aseguran el robo, también suelen cubrir los daños o pérdidas económicas derivadas de este robo. Es decir, si te han roto la puerta o la ventana, la compañía asumiría la reparación.
Es habitual que las compañías aseguradoras no cubran el hurto, porque éste implica una negligencia o despiste por parte del dueño o asegurado.
“Si te dejas la puerta abierta y los ladrones pueden entrar sin ningún problema, la compañía no cubriría el valor de los bienes sustraídos.”
A pesar de estas particularidades generales, cabe decir que hay algunas compañías que en sus seguros del hogar no contemplan la protección del robo. Por esto es recomendable que te asesores a la hora de contratar un seguro del hogar. En este sentido, recibirás información personalizada y gratuita sobre los riesgos que te cubre el seguro del hogar.
¿Puedo asegurar todos los objetos que tengo en mi casa?
Para proteger tu hogar de posibles robos, es interesante plantearse la opción de contratar un seguro. La cobertura que ofrecen la mayoría de compañías es el de robo de joyas o de objetos de valor especial, como pueden ser: ordenadores, equipos musicales, televisores, cámaras o aparatos electrónicos. En el momento de la contratación del seguro del hogar, lo habitual es que la compañía exija que declares de una manera expresa qué objetos quieres asegurar y el valor que tienen. En este sentido conviene puntualizar que la cobertura por robo solamente cubre hasta una cierta cantidad de dinero en metálico, y que cuántos más objetos asegures, el importe de la prima será proporcional. También es interesante saber que si adquieres bienes posteriormente a la contratación de la póliza, es posible incluirlos en este seguro. Es tan fácil como comunicarlo a la compañía. Es importante que guardes facturas y comprobantes de compra para poder demostrar el valor del objeto robado.
Cuantos más dispositivos existan y cuanto más eficaces sean, mayores serán los descuentos.
¿Y si me roban un objeto asegurado cuando estoy en la calle?
Este es un planteamiento interesante y en este sentido conviene decir que algunas compañías cubren este tipo de sustracciones siempre y cuando no sean hurtos. Es decir, puedes tener asegurado un ordenador portátil en tu seguro del hogar. Si te roban este ordenador mientras el objeto está en casa, la compañía te indemnizará en caso de sufrir este perjuicio. Habrá que ver qué tipo de póliza tienes contratada para verificar si te indemnizan en caso que sea hurto. Ahora bien, imagínate que llevas contigo el ordenador portátil y te lo roban. Robar significa que te lo sustraen con violencia. Entonces, conviene que sepas que deberás presentar una denuncia a la policía y podrás comunicarlo a la compañía para que te indemnicen por ello. Las compañías no cubrirán esta situación si lo que sufres es un hurto. Es decir, supongamos el mismo caso del ordenador portátil. Si te olvidas el ordenador en un asiento o te despistas momentáneamente y alguien aprovecha el despiste y te lo sustrae, en este caso la compañía no te indemnizará. En este punto, aparte de tener clara la diferencia entre hurto y robo, conviene aclarar la diferencia entre robo y atraco. El atraco conlleva una intimidación sobre la persona que lo padece. Es decir, si te estiran el bolso en la calle, está considerado como robo; en cambio, si te intimidan o amenazan, este hecho convierte el robo en atraco.
Cabe puntualizar que la mayoría de compañías incluyen en sus seguros del hogar una serie de cláusulas limitativas para estas situaciones. Estas cláusulas acostumbran a poner límites en cuánto a la indemnización máxima en caso de robo en el exterior de la vivienda.
Si te roban ropa o efectos personales.
Si te roban los documentos y las tarjetas de crédito, la compañía te indemniza una cierta cantidad por los trámites para la reobtención de estos documentos.
Si te roban joyas (según sea dentro o fuera de caja fuerte).
Si te roban dinero en efectivo que puedas llevar encima, también tienen un máximo asegurado en póliza, que puede ser variable en función de lo que quiera cada asegurado.
¿Qué objetos no serán cubiertos en caso de robo?
Es interesante tener en cuenta que la mayoría de compañías también ponen cláusulas limitativas ante las situaciones de robo. De esta manera, no es lo mismo que te roben una bici que tengas en el jardín que un ordenador que tengas dentro de casa. Así, las compañías no suelen cubrir los objetos sustraídos en terrazas, jardines, trasteros o espacios abiertos aunque pertenezcan a la vivienda.
Conviene apuntar que si dispones de alarmas o de otros sistemas de seguridad, la compañía no cubrirá los objetos sustraídos si en el momento del robo no estaban conectadas.
Requisitos para solicitar indemnización a la compañía en caso de robo
Si has sufrido un robo es imprescindible que lo denuncies a la policía. Sin esta denuncia, la compañía no cubrirá ningún tipo de incidente. Habitualmente, las compañías suelen dar un plazo de 7 días para comunicar la situación de robo. Es importante que si tu hogar ha sufrido desperfectos a causa de este robo, no toques nada ni procedas a su reparación sin que la compañía lo haya validado. Debe venir un perito para evaluar los desperfectos. Solo cuando la compañía haya emitido el informe de valoración, podrás reparar los daños sufridos. En caso de tener que reparar urgentemente, hay que llamar a la compañía e indicar que es necesaria la reparación, por tanto, si el perito no puede personarse, hay que hacer fotos, y recoger facturas de los bienes dañados, con el fin de poder demostrar que la reparación era necesaria.
Recomendaciones para evitar hurtos y robos en el hogar
En los últimos tiempos han aumentado de manera considerable tanto los robos como los hurtos, y muchos ayuntamientos y los cuerpos de seguridad informan a los ciudadanos sobre consejos interesantes a seguir para evitar este tipo de situaciones. Los resumimos a continuación:
No abrir la puerta si no estamos muy seguros de quién es.
Si contratas jardineros o personal de limpieza, es recomendable pedir referencias y documentación.
Aunque vivas solo, pon otro nombre en el buzón.
No escribas la dirección de tu casa en el llavero. Si pierdes las llaves podrían entrar en tu casa con las llaves.
Conviene cambiar la cerradura si has perdido las llaves o si durante unas reformas has hecho copias de las llaves para los trabajadores.
Es importante que si contratas un sistema de seguridad te asegures que la compañía está inscrita en el registro de la Dirección General de Policía.
El Parlamento Europeo ha aprobado en Estrasburgo el proyecto por el que entrará en vigor la primeraDirectiva Europea de Hipotecas, que nace para mejorar los derechos de los propietarios. Una de las principales medidas que contempla dicha Directiva es la prohibición de vincular la contratación de hipotecas a otros productos como los seguros de Hogar. La prohibición de productos vinculados asegura, en definitiva, una mayor protección al deudor hipotecario a través de la eliminación de las cláusulas abusivas de los contratos.
La Directiva obligará a modificar la Ley Hipotecaria de España que obligaba al deudor hipotecario a contratar un seguro de Hogar que también cubriera las incidencias susceptibles de ocurrir en el inmueble. Ahora, el suscriptor de la póliza tenía que contratar el seguro de Hogar indicado por la entidad en cuestión o el precio de la hipoteca aumentaba de forma significativa. La supresión de esta vinculación ha sido especialmente solicitada por los mediadores de seguros.
La norma incluye 6 pilares fundamentales:
- El consumidor deberá disponer de un periodo obligatorio de reflexión de 7 días antes de firmar el contrato hipotecario o bien del mismo periodo de 7 días para retractarse tras la firma. - Mayor información: los bancos entregarán una “hoja de información estandarizada“, un documento de fácil comprensión que incluirá información detallada sobre las características del préstamo, variabilidad de los tipos de interés o la influencia de divisas extranjeras. - Las entidades crediticias no podrán obligar a los consumidores a contratar “paquetes cerrados”vinculados a la hipoteca y que incluyan otros préstamos o servicios, como los seguros. - Flexibilidad de pago para que el prestatario pueda pagar el préstamo antes de tiempo. La entidad bancaria podrá recibir una compensación justa de los costes de ese reembolso anticipado sin imponer multas adicionales. - Exigirá una tolerancia razonable antes de proceder a las ejecuciones, limitará los cargos por impago e impedirá a los Estados miembros oponerse a la dación en pago acordada entre las partes. - Frenar los préstamos irresponsables, las entidades vendedoras de hipotecas deberán ser autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales. Además, evaluarán la solvencia del comprador.
Ahorro en Hogar
Según Elena Betés, directora general de Rastreator.com, “esta Directiva contribuirá de forma muy positiva a los consumidores españoles, ya que podrán elegir el seguro de Hogar que más se adapte a sus necesidades y a las características de su vivienda, incrementando también su capacidad de ahorro.”
El agregador sostiene que la entrada en vigor de esta Directiva permitirá a aquellos españoles que suscriban una hipoteca ahorrar una media del 50% en su seguro de Hogar ya que podrán contratar con distintos proveedores de seguros siempre y cuando la póliza cumpla las garantías establecidas por el prestamista. Añaden que dependiendo de la comunidad de residencia este ahorro puede alcanzar un 80% y recuerda que en España el 33% de las viviendas no cuentan con un seguro de Hogar.
Después de días de fuertes lluvias, parece como si el techo no estuviera dispuesto a capear el temporal. Ha parado la lluvia y el goteo en las habitaciones y te encuentras secando el agua que cayó en la alfombra y los muebles. ¿Y ahora qué? Debes notificar el siniestro de daños por agua a tu compañía de seguros tan pronto como sea posible. Para que el proceso de reclamación sea más fácil, debes considerar lo siguiente:
• Si no conoces cómo trabaja tu compañía de seguros de hogar los siniestros pregunta a tu Agente o Corredor para obtener aclaraciones.
• Ten a mano tu número de póliza cuando llames a tu compañía.
• Estate preparado para responder las preguntas sobre el daño que ha causado el agua.
• Toma fotos o vídeos de todas las partes que hayan sido dañadas. Esto es importante si vas a hacer reparaciones antes de que el perito haya visto el daño.
• No tires nada hasta que el perito visite tu casa.
• Puede que sea necesario notificar por escrito. Incluye toda las información sobre lo que pasó.
• Si es necesario puedes hacer algunas reparaciones razonables para proteger tu hogar contra posibles daños adicionales. No comiences grandes reparaciones estructurales o permanentes hasta que tu compañía de seguros te de el ok.
• Registra todas las comunicaciones con tu aseguradora (incluir la fecha, hora, nombre, y lo que hablaste) así como una lista de todos los gastos en reparaciones.
• También los gastos derivados de tener que salir de tu casa por estar inhabitable. Casi todos los seguros de hogar tienen esta garantía.
Después de la presentación de la reclamación, debes esperar la respuesta de la compañía de seguros, que suele tardar pocos días. Ellos te informarán de los plazos del siniestro y si tienes responsabilidades adicionales. Si resuelven la reclamación de los daños (plazo de 15 días), te tendrán que pagar el coste estimado de las reparaciones (si has reparado por tu cuenta) si no, te enviarían reparadores a tu domicilio para el arreglo de los daños contemplados en el siniestro. Si tienes alguna queja sobre cómo se ha manejado su siniestro, llama al servicio de atención al cliente de tu compañía de seguros o al departamento del reclamaciones.
Además, de mantener la calma, no está demás seguir estos consejos:
Rellenar el formulario con letra mayúscula, con la mayor claridad y precisión posible y tener cuidado con no confundir los datos del vehículo A (columna con fondo de color azul) con los del B (columna con fondo de color amarillo).
Rellenar todos los datos que sean posibles. Es importante también tomarse el tiempo necesario para ello y procurar mantener la calma.
Entre los datos más importantes que debemos anotar están los datos personales del conductor y propietario del vehículo contrario y la matrícula, marca y modelo del citado vehículo y los daños materiales y personales acaecidos en el accidente.
Procurar, siempre que sea posible, firmar el parte amistoso de accidentes.
En el caso de que sea un parte amistoso de accidentes, rellenar un único formulario.
Fijarse bien en la columna central, que es la zona que incluye los datos relativos a las circunstancias concretas del siniestro.
En el caso de que haya testigos, intentar conseguir siempre su teléfono y dirección e incluirlos en el Apartado 5.
Si hubiera personas lesionadas u otros vehículos implicados en el accidente, no debemos olvidar rellenar el apartado 22/24.
Siempre resulta útil dibujar un croquis del escenario donde se ha producido el accidente y asegurarse de que no existan contradicciones al compararlo con los datos del apartado de circunstancias.
Si estamos de acuerdo con la versión y datos recogidos por el otro vehículo implicado, firmar el parte y quedarnos con la copia, que llevaremos a nuestro agente, corredor,... En caso contrario, no debemos firmarlo, tampoco si tenemos dudas de la culpabilidad en el accidente y si no estamos seguros en qué casillas incluir la X.
En el caso anterior, seguiríamos todos los pasos indicados, pero rellenaríamos nuestro propio parte con los datos del contrario, pero con nuestra versión de los hechos. (SI NO HAY ENTENDIMIENTO ES ACONSEJABLE LLAMAR A LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA QUE NOS AYUDE A AMBAS PARTES A PONERNOS DE ACUERDO).
En caso de no tener parte de accidente en ese momento, siempre que haya buen entendimiento entre los conductores implicados, es mejor quedar al día siguiente y cumplimentarlo con más tranquilidad. Esto no excluye anotar todos los datos anteriormente dichos en un folio o en nuestra agenda, o bien, como se ha indicado anteriormente, solicitar la presencia de la Autoridad Policial.
Comunicar lo antes posible el accidente a la compañía Aseguradora.
Plazos y procedimiento en la no renovación de la póliza
Para poder ahorrar siempre al máximo en nuestra póliza, antes de que llegue el plazo en el que debemos renovar la póliza o bien cancelarla con nuestra compañía actual, es interesante calcular el precio de tu seguro del coche con nuestro comprador gratuito y ver las ofertas, descuentos y seguros baratos existentes.
Pero antes de cambiar de compañía resulta fundamental avisar a nuestra aseguradora actual en los plazos que marca la Ley, concretamente, en la actualidad son dos meses. Si tienes dudas de cómo hacerlo, no te pierdas nuestra útil, sencilla y breve guía que hemos preparado para ti.
Allianz celebra su millón de seguros de hogar vendidos regalando iPads Mini
23 de octubre del 2013
Allianz ha alcanzado el millón de segurosde hogar en cartera y anuncia que va a premiar la fidelidad de sus asegurados con más coberturas y el sorteo de iPads Mini.
La compañía multinacional regalará a sus asegurados de hogar con pólizas antiguas tres garantías ya incluidas en su renovado producto: reparación de electrodomésticos, un serviciode información telefónico para responder a dudas sobre temas demascotas y plantas, y la garantía ‘bricofácil’ a domicilio, que incluye gratuitamente servicios como colocación de estanterías y accesorios de baño y de cocina, sellado de juntas deterioradas de la bañera, etc.
Además, realizará sorteos quincenales de iPads Mini entre todos sus asegurados registrados en eCliente; el primer sorteo será a principios de noviembre. La compañía ha renovado recientemente su producto de hogar, sobre el que tiene garantías únicas y límites ampliados que cuentan con un novedoso sistema de segmentación por régimen de vivienda. Éste permite que la póliza adapte la prima y las garantías a las necesidades de cada cliente.
En caso de aceptar el capital mínimo garantizado, basado en el régimen de vivienda y sus metros cuadrados, se evita el riesgo de incurrir en infraseguro, recuerda la entidad.
Ocultación de daño o lesión preexistente, fraude más frecuente en seguros de coche
Los datos de ICEA sobre la estadística de lucha contra el fraude al seguro en 2012 muestran que de los 107.790 casos analizados en seguros de coche, en el 33,9% la tipología de intento de fraude más frecuente fue la ‘Ocultación de daño o lesión preexistente' de daño o lesión preexistente.
Por detrás se situaron el ‘Siniestro simulado', con el 24,5%, y la ‘Reclamación desproporcionada’, con un 21,7%. La asociación aclara que la dificultad probatoria entre el daño causado y el hecho que lo provocó, ha dado lugar a una vía abierta para defraudar al seguro en perjuicio de todos.
Conscientes del problema, profesionales como peritos, médicos y abogados están trabajando desde diversos ámbitos para poder probar ante la justicia que en muchos casos esa relación causal se ha roto”. En total, ICEA analizó 146.792 casos.
Hay que ser conscientes de que debemos informar correctamente de un siniestro acaecido para no tener problemas en futuros siniestros con nuestras respectivas compañías de seguros.
La subcomisión del Congreso deja claro que el seguro no puede imponerse con la hipoteca
La subcomisión del Congreso sobre productos financieros e hipotecarios ha instado al Gobierno, reguladores y supervisores, y entidades financieras a mejorar la información a los clientes, sobre todo en los complejos y en los que entrañen mayores riesgos. Recomienda que la CNMV, DGSFP y Banco de España establezcan cláusulas tipo y advertencias para aquellos contratos cuyo contenido pueda entrañar riesgo para el cliente. También se considera necesario acreditar el cumplimiento de la obligación de informar a los clientes recabando una copia firmada de la documentación informativa entregada.
Las entidades deberán implantar ciclos formativos para los empleados encargados de la comercialización de los productos, con objeto de que tengan la preparación suficiente para explicar los productos que venden y responder a todas las cuestiones que pueda plantear el cliente. Y deberán evitar políticas de incentivos de los empleados que puedan alentar prácticas de comercialización "excesivamente agresivas y que entren en conflicto con las obligaciones de información al cliente". Respecto de los seguros, se deberá informar a los clientes de que no es obligatorio contratarlos con el crédito, y de las condiciones de los préstamos con este producto o sin él.
Según escribe José María Elguero en El Confidencial, los españoles han gastado casi 3.500 millones de euros menosen la compra de seguros. Esta cantidad representa algo más del 5% de lo que recaudó el sector asegurador en España en 2012. Elguero indica que la reducción se debe a varios motivos: las empresas que han quebrado y dejan de comprar seguros, otras que facturan menos y ven reducida la prima del seguro en consonancia a su nivel de actividad, y empresas que han recortado sin más del capítulo de los seguros para ahorrar o simplemente no han podido abordar el pago de la prima porque no tienen dinero.
En entornos económicos negativos como el actual, la contención del gasto en toda clase de proveedores y servicios es una medida saludable para la supervivencia de la empresa, pero algunas están haciendo recortes conceptuales y lineales de un determinado porcentaje a todos sus proveedores sin distinguir el valor que aporta cada servicio; el que viajaba en business ahora lo hace en turista, el que se alojaba en un hotel de cuatro estrellas ahora se hospeda en uno de tres, el que conducía un coche de empresa de gama alta ahora se desplaza en uno generalista, etc. Es la época del recorte, y al seguro le toca ahora.
Sin embargo, el autor recalca que no somos los españoles los más propensos a recortar en este concepto, ya que menos del 10% lo sitúa como principal punto de reducción del gasto. Los españoles reduciríamos en primer lugar los viajes y las vacaciones, después las actividades deportivas y de ocio y sólo recortaríamos de los seguros antes que hacerlo de la alimentación en el hogar, la educación escolar y el alquiler de la vivienda.
Si hasta ahora la negociación del seguro se caracterizaba por la máxima de más coberturas y más límite asegurado por la misma prima, el paradigma ahora es “lo mismo por menos”. El empresario busca reducir el importe de la prima, que concibe como un gasto prescindible o, al menos, negociable duramente a la baja. Si es cierto que el precio del seguro es un gasto, no lo es menos que el seguro es una inversión. Y con las inversiones debe tenerse mucho cuidado, porque representan el patrimonio y el futuro de la empresa.
Recortar en seguros no es dejar de renovar los seguros ni rebajar los límites o sumas aseguradas sin más criterio que el de reducir el precio, indica. Eso, en ambos casos, es una gestión extremadamente peligrosa. Una cosa es ahorrar, reducir costes, adaptar el seguro al riesgo y otra es recortar, dejar de comprar y, lo peor, dejar de comprar donde no se debe.
Según Elguero, hay otras formas de reducir de manera eficiente el coste de los seguros, pero primero es necesario que la empresa conozca con detalle cuál es su exposición al riesgo y cuál es su nivel de eficiencia en la gestión así como su apetito o aversión al riesgo. Para ello, apunta, hay que hacer un diagnóstico -“Doctor, ¿qué me pasa?”- e identificar las partidas en las que se puede reducir el coste, monetizándolas.
En España circulan 1,5 millones de vehículos sin asegurar
03 de octubre del 2013
Como consecuencia de la crisis, cada vez son más los vehículos sin asegurar que circulan por las carreteras españolas. Lejos de lo que muchos puedan pensar, dejar de pagar el seguro no es la solución a nuestros problemas, porque nos puede salir mucho más cara que el propio seguro: estamos hablando de sanciones de entre 601 y 3005 euros frente a un coste medio por póliza de 350-450€ para un turismo; y siempre hay opciones más baratas si utilizas uncomparador seguros.
Circulas con precaución pero un coche se empotra en tu capó; un motorista te arrolla al cruzar la calle y sufres lesiones que tardan une mes en curarse. Lo peor está por llegar, cuando después del accidente, descubres que los responsables no tienen seguro de coche.
El número de vehículos sin póliza ha ido en aumento. En estos momentos, por nuestras carreteras podrían circulan más de 1,5 millones de vehículos sin seguro obligatorio del automóvil, con un alto coste para el resto de los conductores y la sociedad difícil de cuantificar.
Pero sí sabemos que los accidentes que ocasionan se pagan a través del recargo que todos los ciudadanos abonan en su seguro coche (que equivale el 2% del coste del seguro, con una cantidad fija de 3,5 euros por turismo), y que gestiona el Consorcio de Compensación de Seguros(CCS).
Desde el año 1988 el sector asegurador español gestiona los accidentes de daños materiales mediante Convenios de Indemnización Directa (CIDE), liberando a los conductores de esperar a su tramitación para comenzar a reparar sus vehículos.
El convenio, que introdujo la Reclamación Amistosa de Accidente, permite acelerar la liquidación, y el pago a sus respectivos asegurados, de los daños materiales causados en aquellos accidentes en los que se produzca una colisión directa entre dos vehículos. Los conductores, si lo desean, cumplimentan y firman la Declaración Amistosa de Accidente, y esto permite después determinar la responsabilidad del mismo y la aseguradora que debe afrontarlo.
La asociación valora que el CIDE supuso un cambio muy notable en la gestión de los siniestros, al establecer que cada asegurado tenga contacto solo con su propia entidad aseguradora y que la indemnización la realice también su propia aseguradora, lo que mejora los plazos de indemnización y la satisfacción de los clientes.
En ese sentido, precisa que los convenios, tras comunicar el asegurado el accidente a su compañía, ésta pone en marcha el proceso de reparación y, después, sin afectar al asegurado, los convenios determinan la responsabilidad del accidente y las compañías se compensan entre ellas los accidentes que han tenido que asumir provocados por otros asegurados.